5 COSAS QUE NO PUEDES REGISTRAR EN INDAUTOR

Es común que surjan dudas sobre ¿qué tipo de obras se pueden registrar en el INDAUTOR?, ¿cuáles se registran ante el IMPI? y ¿qué elementos no pueden ser registrados en ninguna de las dos instituciones?, como las ideas. Es importante saberlo para proteger adecuadamente tus creaciones.

A continuación, te presento 5 cosas que NO se pueden registrar en INDAUTOR:

  1. Ideas, fórmulas e invenciones de cualquier tipo: Las ideas y conceptos abstractos no son protegibles por derechos de autor hasta que se plasman de forma concreta en una obra creativa.
  2. Formularios en blanco para ser llenados: Solo los formularios completos y con contenido original pueden optar a protección.
  3. Textos legislativos, administrativos o judiciales: Por su naturaleza, estos documentos son de dominio público y no pueden ser objeto de registro.
  4. Refranes, dichos y leyendas: Al ser parte del folclore y del conocimiento común, estos elementos no pueden ser registrados.
  5. Escudos, banderas y emblemas de cualquier país sin autorización: Es necesario contar con permisos oficiales para registrar símbolos nacionales (nada de ponerle a una cafetería “El Barza” sin tener permiso del club de futbol).

Si has intentado registrar alguna obra en INDAUTOR y te han negado el registro, cuéntanos tu experiencia. Estamos aquí para asesorarte y ayudarte a entender mejor el proceso de registro de derechos de autor.

Comparte tus dudas o experiencias en los comentarios, y juntos encontremos la mejor forma de proteger tus creaciones.

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